LEY DE PROTECCION A LAS
ORCAS EN LA ARGENTINA

El lunes 14 de diciembre de 1998 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina que lleva el Nº 29.042 el anuncio de la Ley 25.052 que dice:

Prohíbese la caza o captura a través de redes o por el sistema de
varamiento forzado, de ejemplares de orcas
(Orcinus orca) en todo el
territorio nacional.


Sancionada: Noviembre 11 de 1998
Promulgada de Hecho: Diciembre 10 de 1998

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en
Congreso, Etc. sanciona con fuerza de Ley:

 


Artículo 1º- Se prohibe la caza o captura
a través de redes o por el
sistema de varamiento forzado, de ejemplares de orcas ( Orcinus orca) en
todo el territorio nacional, comprendiendo éste el mar territorial, la
zona de exclusión ecónomica y sus

aguas interiores.

Artículo 2º- Los infractores al artículo anterior, serán sancionados con
multas a partir de un millón de pesos($1.000.000 ).
Cuando resultare la muerte de los ejemplares del artículo precedente,
las multas serán a partir de dos millones de pesos ($2.000.000).

Artículo 3º- La Secretaría de Recursos Naturales de la Nación, por

intermedio de la Dirección de Recursos Icticolas y Acuicolas o la que en
lo sucesivo la reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente.

Ley.Artículo 4º- La Prefectura Naval Argentina ejercerá el poder de policia
y será competente la justicia federal en las denuncias que efectúen la
autoridad de aplicación, la autoridad policial o cualquier ciudadano o
institución de caracter no gubernamental.

Artículo 5º- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de
los primeros quince días de su publicación.

Artículo 6º- La presente Ley es de orden público.


Proyecto Orca y Fundación Orca Patagonia - Antártida.

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